Nota Informativa 27/06/2025: convocatoria de elecciones

27 Junio 2025

Estimado comunero, por medio de la presente se informa que una vez celebrada la Asamblea General Ordinaria de día 27 de junio de 2025, en el punto 4 del orden del día, convocatoria de elecciones, se ha iniciado el proceso electoral para elegir la Junta de Gobierno de la Comunidad, siendo el procedimiento de la siguiente manera:

La fecha de convocatoria de las elecciones se fija el 30 de junio de 2025. La fecha de la votación se fija el 19 de julio de 2025.

PROCEDIMIENTO ELECCIONES

Cargos sujetos a régimen electoral:

- Presidente.

- Vicepresidente.

- Vocales titulares y suplentes de la Junta de Gobierno.

Por lo tanto, una candidatura debe tener un mínimo de 5 miembros.

Lista de electores y candidaturas:

- Por la secretaría de la Comunidad se confeccionarán las listas de los electores que serán expuestas para que puedan ser examinadas por los interesados.

- Durante los cinco primeros días a partir de la fecha de la convocatoria de las elecciones, los interesados podrán solicitar las rectificaciones que les afecten, dirigiéndose a tal fin a la Junta de Gobierno mediante instancia documentada. Cumplido el expresado plazo de cinco días, la Junta de Gobierno, en los cinco días inmediatos, resolverá lo procedente sobre las reclamaciones presentadas.

- Una vez resueltas las reclamaciones, la Junta de Gobierno, ordenará la publicación de las listas definitivas, lo que tendrá lugar cinco días antes, cuando menos, del señalado para la elección.

- También dentro del mismo plazo, podrán ser presentadas a la Junta de Gobierno las distintas candidaturas, para cubrir cada uno de los puestos vacantes, debidamente formalizados.

- La fecha límite para la presentación de candidaturas es el día 11 de julio de 2025.

Votaciones:

- Si sólo se presentase una única candidatura no procedería el acto de votación, quedando
automáticamente designada como nueva Junta de Gobierno esa candidatura.

- En el acto de la votación, cada interesado exhibirá el DNI y los que intervengan por
representación habrán de presentar, además, el documento que acredite esta.

- Cada elector recibirá tantos sobres como votos le correspondan, según las listas
electorales.

- En cada sobre, el elector introducirá una papeleta de la candidatura que elija, de entre las
que se hayan presentado.

- Posteriormente el elector depositará sus votos en la urna.

 

Escrutinio, proclamación de los cargos elegidos y acta:

- El escrutinio será público, actuando de secretarios escrutadores dos voluntarios o en su
caso dos vocales de la Junta de Gobierno. Una vez terminado aquel, el Presidente de la
misma leerá los resultados, haciéndolos públicos y proclamando a la candidatura que haya
obtenido mayoría absoluta de votos. En caso de empate, quedará proclamada la
candidatura con el presidente de mayor edad.

- Si ninguna candidatura obtuviese mayoría absoluta, se repetirá la votación entre las dos
que hubiesen alcanzado más votos. En esta segunda votación será proclamado la que
logre mayoría de votos sea cualquiera el número de electores que tomen partido en la
elección. El empate se resolverá como se indica en el párrafo anterior.

- Tanto la votación, como sus incidencias y resultados quedarán reflejados en acta, que será
firmada, además de por el Presidente de la Comunidad y Secretario de la misma, por las
dos personas que hubieran actuado de secretarios escrutadores. Igualmente constarán en
el acta las reclamaciones, si las hubiera, de los electores.

Visto 361 veces Modificado por última vez en Viernes, 27 Junio 2025 23:31